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INFORMACION CONTABLE
martes, 16 de julio de 2013
Obligación de la SUNAT
La
SUNAT proporcionará a EsSalud la información del "Registro de Asegurados
Titulares y Derechohabientes ante el EsSalud" para lo cual utilizará la
información de los derechohabientes de los trabajadores, pensionistas y
prestadores de servicios - asegurados regulares a EsSalud que se encuentre
registrada en el T-REGISTRO de la Planilla Electrónica.
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=141&Itemid=257&limitstart=2
Consideraciones
1. El Registro de aquellos Derechohabientes que fueron
informados al empleador antes del 1 de febrero de 2011 y que a la fecha no se
encuentran inscritos, se
efectuará a través del T-REGISTRO.
2. Del uso del Formulario Virtual Nº 1602 - Información
del Derechohabiente por parte de los sujetos que utilizan el
Formulario Nº 402 “RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES SOBRE
REMUNERACIONES”.- Los sujetos que de acuerdo a las
normas vigentes pueden seguir utilizando el Formulario
Nº
402 “Retenciones y Contribuciones sobre Remuneraciones” podrán optar por
utilizar el T-REGISTRO disponible en SUNAT Operaciones en Línea para el alta o
baja de los derechohabientes de los trabajadores o modificación y/o
actualización de los datos vinculados a los mismos. Una vez ejercida la opción
deberán continuar utilizando dicho Sistema para tales efectos.
3. En el caso de las MYPES, en el T-REGISTRO sólo se permitirá el registro de los
derechohabientes de los trabajadores y pensionistas que sean afiliados a
EsSalud.
El
registro de los derechohabientes del Seguro Integral de
Salud
(SIS) se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos por esta
entidad.
4. El plazo máximo para realizar el alta y la baja de
los derechohabientes en el T-REGISTRO, es
el primer día hábil siguiente
a la comunicación que efectúe el
trabajador o pensionista.
Transitoriamente,
en el caso de nuevos trabajadores o pensionistas, del 01.02.2011 al 30.06.2011,
la inscripción se realizará dentro de los 10 días hábiles del mes siguiente al vencimiento
de los aportes a EsSalud, correspondientes al período de incorporación. Veamos
el siguiente ejemplo relacionado con un nuevo trabajador si este ingresa a
laborar el
10.02.2011
y es registrado en el PDT 601 de 02.2011 el cual de acuerdo al último número de
RUC de la empresa y al cronograma de obligaciones tributarias tiene como fecha
de presentación el 15.03.2011, el empleador deberá realizar la inscripción de
los derechohabientes que dicho trabajador
haya informado, entre el 1 y el 10 de abril de 2011.
La
baja se realizará dentro del primer día hábil siguiente a la finalización de la
condición de pensionista.
5. Plazos para registrar las modificaciones o
actualizaciones de los datos de los derechohabientes, deberá ser realizada
por el empleador dentro del plazo
de cinco (5) días hábiles de haber ocurrido el evento o de la fecha en que tomó
conocimiento
REGITROS Derechohabientes
4.2 Registro de ALTA de los Derechohabientes
1.
Para ingresar un nuevo derechohabiente se deberá pulsar la opción “Nuevo”.
2.
El aplicativo le mostrará la plantilla "Alta de Derechohabiente", en
la cual figura el rubro Datos de Identificación; a continuación ingresar a la
opción “Búsqueda de personas”.
3.
En “Búsqueda de personas” se debe seleccionar el tipo de documento del
Derechohabiente a registrar e ingresar el número de documento y la fecha de
nacimiento. Luego pulsar “Buscar” a efectos que el sistema valide en línea los
datos de identificación ingresados con la información de RENIEC que obra en
poder de la SUNAT(3) .
En este caso existen dos opciones:
a.
Que el aplicativo complete los datos en cuyo caso, se retornará a la plantilla
“Alta del Derechohabiente”.
b.
En caso los datos no correspondan a la persona a registrar o ésta no se
encuentre registrada, se debe ingresar los apellidos, nombres y sexo del
Derechohabiente a registrar.
Luego
se pulsará Grabar y el aplicativo retornará a la plantilla “Alta de derechohabiente”.
4.
La pantalla mostrará la plantilla "Alta de derechohabiente" con los
datos de identificación del derechohabiente en registro.
5.
En el rubro “Vínculo Familiar” se deberá seleccionar el tipo de vínculo a
registrar e ingresar los otros datos que el aplicativo solicita de acuerdo a la
“GUÍA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE DERECHOHABIENTES” que reproducimos al
final del artículo.
6.
Finalmente se debe ingresar la información del rubro "Dirección del
derechohabiente"(4).
Los
identificados con carné de extranjería y pasaporte podrán registrar dos
direcciones, para lo cual ingresarán al link "Detalle".
Concluida
el alta de un Derechohabiente el aplicativo le generará un Comprobante de la
Información Registrada (CIR), el que podrá ser impreso y entregado al titular.
4.3 BAJA de un derechohabiente
1.
En la opción de Registro, el empleador ingresará el tipo y número de documento
del titular respecto del cual se realizará la baja de algún derechohabiente.
2.
En la plantilla "Derechohabientes del Titular" seleccionar el
derechohabiente a dar de baja.
3.
Pulsar el botón “Baja” y el aplicativo mostrará la plantilla "Baja de
Derechohabiente".
4.
Se debe ingresar la fecha de baja y seleccionar el motivo de la misma.
5.
A continuación pulsar “Grabar” y el aplicativo generará la CONSTANCIA
DE
PRESENTACIÓN - BAJA DE DERECHOHABIENTE.
4.4 Modificación de datos de un derechohabiente
1.
En la misma opción de Registro, el empleador ingresará el tipo y número de
documento del titular del derechohabiente cuyos datos serán modificados.
2.
En la plantilla "Derechohabientes del Titular" seleccione el
Derechohabiente
a modificar y luego pulse “Modificar”.
3.
El aplicativo mostrará la plantilla “Modificación de Derechohabiente”, con los
datos habilitados para su modificación, excepto los datos de identificación que
se podrán actualizar/ modificar mediante el link
“Búsqueda de personas”.
4.
Ingresadas las modificaciones que correspondan se deberá pulsar la opción
“Grabar”. El aplicativo validará la integridad del registro y mostrará la
pantalla CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN
-
MODIFICACIÓN DE DATOS DE DERECHOHABIENTE
(CIR)
con los datos modificados.
4.5 Carga masiva al T-REGISTRO
Los
empleadores que presentan grandes volúmenes de información, podrán realizar
tanto el alta como la baja masiva de derechohabientes,empleando para ello
archivos planos. Al respecto, la R.M. Nº 009-2011-TR aprobó las estructuras que
el empleador deberá respetar tanto en el nombre del archivo como en el contenido
del mismo (Estructuras 13 y 24).
• ALTA masiva
1.
Crear un archivo plano según la Estructura 13, con el nombre y contenido
especificados.
2.
Grabar el archivo creado en una unidad de PC.
3.
Ingresar a la opción Carga Masiva /Registro de derechohabientes.
4.
En la plantilla “Carga masiva”, pulsar “Examinar” y luego seleccionar el
archivo creado y guardado en la PC.
El
aplicativo mostrará la plantilla "Carga masiva" con la ruta
seleccionada en el paso anterior. Aquí, se deberá pulsar
“Cargar
Archivo”.
5.
Finalmente, el aplicativo mostrará los datos correspondientes al proceso
realizado, tales como el número de ticket
y el nombre del archivo. El número
de ticket le permitirá consultar el estado de la carga del
archivo que subió al aplicativo.
El
número de ticket creado puede ser visualizado de dos formas:
A.
Seleccionando el filtro “Mostrar última carga”, o
B.
Seleccionando la última página de los archivos cargados a la fecha.
De
requerir imprimir los CIR de los derechohabientes registrados se deberá
identificar el ticket y luego seleccionar la opción “Generación de CIR”.
También
existe una opción que permite la generación de CIR por cada uno de los
derechohabientes ingresados. Para acceder a ella se deberá proceder a ubicarse
en la fila del derechohabiente y pulsar “Generar”, a continuación se mostrará la
ventana que le permitirá visualizar directamente el arhivo mediante la opción
“Abrir” o grabarla en su PC seleccionando la opción “Guardar”.
• Baja masiva
Para
ello el empleador seguirá el mismo procedimiento previsto para el Alta masiva,
tomando en cuenta que la creación del archivo plano debe seguir la Estructura
24(6).
4.6 Consultas y reportes
El
aplicativo permitirá conocer los derechohabientes registrados al ingresar a
Consultas y Reportes, de la siguiente manera:
A. Datos del Titular.- Al ingresar los Datos del Titular, se muestran los
derechohabientes que el empleador ha registrado para este Titular.
B. Datos del Derechohabiente.- Al ingresar los Datos del derechohabiente
(DH),
se muestran los datos existentes en el registro respecto a ese DH. De
requerirlo, se puede proceder a imprimir los detalles que muestra la consulta.
C. Registro de Derechohabientes por Rango de Fechas.- Se podrá consultar los derechohabientes registrados en
un rango de fechas.
D. Descargas:
– De Derechohabientes activos: Se podrá verificar los derechohabientes que se
encuentran activos a la fecha de consulta.
– De Derechohabientes de Baja: Se podrá consultar los Derechohabientes que la SUNAT
dio de baja a través de un proceso de oficio o se verificará los
Derechohabientes cuya baja fue registrada por el empleador.
– De Derechohabientes con registros observados: El empleador puede, a través de esta opción, descargar
los derechohabientes que fueron incorporados en el registro en el proceso de carga
inicial, pero que se encuentran observados.
El
procedimiento de descarga es similar para los tres casos:
1.
Se debe seleccionar la opción correspondiente y
luego pulsar
“Registrar
pedido”.
2.
El aplicativo generará un número de ticket
que se encuentra en estado
Registrado. Para iniciar la descarga pulsar “Iniciar
Proceso”.
3.
Se genera un archivo zip que contiene los derechohabientes cuya descarga ha
sido requerida.
PASOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL T REGISTRO
a)
Para el registro de prestadores se
habilita como tipo de documento de identidad el tipo 09: Carné de Solicitante
de Refugio.
b) b.- Para personal en formación laboral (practicantes) menor de edad
ya no podrá ser identificado con partida de nacimiento, ello en atención al
requerimiento del Ministerio de Trabajo y de Promoción del Empleo.
c)
c.- A través de la opción Registro Individual el
empleador podrá realizar la actualización del tipo y/o número de documento de
identidad de un prestador, así como su fecha de nacimiento. De corresponder el
nuevo tipo de documento a DNI, los datos de identificación serán validados con
RENIEC.
Es de
precisar que los datos correspondientes a apellidos y nombres y sexo de un
mayor de edad identificado con DNI no podrán ser modificados a través de esta
opción, debiendo realizarse dichas modificaciones en RENIEC.
Procedimiento
para el Registro
1 Para
efecto del alta o baja de los derechohabientes y de la modificación y/o
actualización de datos de los mismos en el TREGISTRO,el empleador deberá
presentar el Formulario Virtual
Nº 1602 - Información del Derechohabiente(2),
de acuerdo al siguiente
procedimiento:
1.
Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de
Usuario
y la Clave SOL, luego pulse “Iniciar Sesión”.
2.
En el menú ubicarse en el rubro “Mi RUC y Otros registros”, y seleccionar la
opción “T-REGISTRO”, luego en la carpeta de “Registro de Derechohabientes”
elegir la opción “Registro”.
3.
Seleccionar el tipo y número de documento del titular respecto del cual se van
a registrar derechohabientes y luego pulse
“Buscar”.
Para
realizar otra búsqueda pulse “Limpiar” e ingrese los nuevos datos.
4.
La pantalla mostrará la plantilla Derechohabientes del Titular, en la que
figura el detalle de las personas registradas a la fecha como derechohabientes
del titular cuya situación sea activo.
También
se podrá visualizar los Derechohabientes dados de baja, para lo cual se deberá
activar el recuadro “Ver también derechohabientes dados de baja”.
T REGISTRO
T-Registro (Registro de Información Laboral): El empleador
deberá registrar a sus trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios,
personal en formación modalidad formativa laboral y otros, personal de terceros
y derechohabientes. Constituye información laboral implementada en Sunat
Operaciones en Línea (SOL).
ALGUNAS DEFINICIONES:
Para
efectos del Registro se deberán tener en cuenta las siguientes
definiciones:
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