martes, 16 de julio de 2013

DETALLE DE DECLARACIÓN

Una vez autorizado para ingresar al concepto “Detalle de Declaración”, nos ubicamos en la ventana “Trabajadores” donde ya se encuentra registrado el o los trabajadores que laboraron en ese período.
Una vez ingresado a la ventana “trabajadores”, se selecciona al trabajador registrado, se da clic en la columna “Editar detalle” del trabajador elegido, donde aparecen cinco (05) ventanas (Datos del trabajador, jornada laboral, ingresos, descuentos, tributos y aportes), para poder ingresar y registrar datos relacionados con el comportamiento del trabajador durante el período que se está declarando.


a) Datos del Trabajador:
Aparecen datos del trabajador como apellidos y nombres, documento de identidad, el tipo y situación del trabajador, así como el régimen de salud, régimen pensionario, SCTR, son datos que por defecto figura impreso en esta ventana, de acuerdo a lo declarado en T-Registro.
Lo que debemos registrar es si aporta a Essalud + Vida, si aporta a asegura tu pensión, y como dato tributario, su condición domiciliaria y si tiene otros ingresos de quinta categoría.
b) Jornada Laboral:

Al ingresar a esta ventana, debemos registrar los “días de la jornada”, que vienen a ser los días laborados, subsidiados y los no laborados y no subsidiados. Asimismo, se ingresa las “horas laboradas”, que vienen a ser las ordinarias y los sobretiempos.
c) Ingresos:

En esta columna, se registran los ingresos percibidos por el trabajador, por todo concepto remunerativo y no remunerativo, de acuerdo a la habilitación de conceptos al ingresar al “mantenimiento de conceptos”, cabe indicar, que los ingresos deben registrarse en la columna de Devengado y Pagado a efectos de evitar inconsistencias
d) Descuentos:
En esta columna se anotan las deducciones que se realizan durante el período que se declara, que vienen a ser los adelantos de quincena, tardanzas, inasistencias y otros descuentos legales (no se incluyen las retenciones y/o aportaciones de leyes sociales. Para nuestro caso no hay descuentos.
e) Tributos y Aportes:

Al ingresar a esta ventana, se declaran dos conceptos: las “Aportaciones del trabajador y las “Aportaciones del Empleador”, por tanto lo precisaremos en forma individual.
e.i) Aportaciones del Trabajador.
Debemos tener en cuenta que al momento de registrar los datos del trabajador fijarse bien que esté o no percibiendo remuneraciones de quinta categoría de otra empresa, de ser así ingresamos al “Código 605- Renta de Quinta Categoría Retenciones” y damos clic donde se encuentra registrados los ingresos del trabajador e incrementamos la base de cálculo.
De existir otra remuneración de quinta categoría, la base de cálculo se incrementa solo en este rubro y se afecta (previo cálculo) la retención de Quinta categoría, Es Salud y de la previsión social (ONP) que fueron afectados al momento de su registro; en la columna de monto colocaremos el importe que resulte de aplicar la retenciones de quinta categoría determinado según las normas legales, de no existir retenciones consignar cero (0).  

e. ii) Aportaciones del empleador:
En esta parte, se visualizan los aportes que realiza la empresa por el trabajador, tales como los aportes a EsSalud y al SCTR, conceptos que fueron considerados al momento del registro del empleador.
Finalmente, al haber ingresado todos los datos del trabajador en forma correcta de acuerdo a los conceptos solicitados, y antes de pasar a otras ventanas, hacemos clic en “GRABAR”, el programa verifica lo registrado y al no encontrar inconsistencias se valida con la leyenda “la información se grabó satisfactoriamente”, inmediatamente cambiará el estado de la declaración convirtiéndose de (X) que aparece en la pantalla derecha del PDT a (chek) activado de color verde, que significa conforme.

Es preciso indicar que si el empleador tiene más trabajadores registrados y requiere realizar los cálculos de la Planilla Electrónica, deberá hacer (clic) en “cerrar detalle” y elegir a otro trabajador, luego seguir los mismos procedimientos anteriores.
En caso de no haber más trabajadores deberá hacer clic en la ventana “Pensionista”.
El empleador complementa otros datos del pensionista e ingresa el monto de ingresos o pensión, descuentos y tributos a cargo del pensionista.
La empresa de referencia no tiene personal “pensionista” a declarar a través del T-Registro.
Luego, pasamos a la ventana Personal en Formación: Consignar el monto de la subvención económica mensual pagada al personal en formación.
Se trata de personas naturales que prestan sus servicios bajo alguna modalidad formativa regulada por la Ley 28518 o cualquier otra norma que regula este sistema de servicios modalidades formativas, las que se encuentran (entre otras) las de aprendizaje, prácticas pre profesionales, capacitación laboral juvenil, pasantía, reinserción laboral y secigristas (no Sector Privado).
De existir “Personal en Formación” con contrato suscrito bajo esta modalidad, se da un clic en la columna “Editar detalle” y completamos todos los datos requeridos como importe de subvención mensual que se paga y damos un clic en “Grabar”, el programa verifica lo registrado si no hay inconsistencias se valida automáticamente.
La empresa de referencia no tiene “Personal en Formación” a declarar a través del T-Registro.
Pasamos luego a la ventana “Personal Terceros”. Componen esta categoría los trabajadores o prestadores de servicios que son destacados o desplazados para prestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas u organización laboral de otro empleador, independientemente del hecho de que ambos mantengan un vínculo jurídico.
De existir “Personal Terceros”, se da un clic en la columna “Editar detalle” y completamos todos los datos requeridos como la Tasa (%) del SCTR y la base de cálculo lo que determina el importe a pagar por el SCTR EsSalud, y damos un clic en “Grabar”, el programa verifica lo registrado si no hay inconsistencias se valida automáticamente, visualizando una leyenda “la información se grabó satisfactoriamente”
La empresa de referencia no tiene “Personal Terceros” a declarar a través del T-Registro.
Ingresamos en seguida a la ventana Prestadores de Servicios de Cuarta Categoría: Se declara toda prestación de servicios a través del ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio y otros por cualquier servicio que genere rentas de cuarta categoría, tales como las funciones de director de empresas, síndico, mandatarios, gestor de negocios, albacea y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional.
Se deben declarar en el período (mes) en que se perciba la retribución y por el monto de esta.
Al ingresar a la ventana PS 4ta Categoría y damos un clic en “Nuevo” y registramos lo siguiente: Tipo de documento, número de documento, Apellidos y Nombres; condición de domicilio, si tiene convenio para evitar la doble imposición; pasamos luego a la ventana “Detalle de Comprobantes” damos clic en concepto “Nuevo” y se visualiza una ventana donde se ingresan los datos, de acuerdo al servicio prestado: Tipo de documento (Nota de Crédito, Recibo Honorarios o Dieta), serie y número de retención del Impuesto a la Renta y Monto retenido.
Una vez ingresado los datos solicitados, se da un clic en “Grabar” y se visualiza una leyenda “la información se grabó satisfactoriamente”
La empresa de referencia no tiene “Prestadores de Servicios de Cuarta Categoría” a declarar a través del T-Registro. 

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